viernes, 2 de diciembre de 2011

SAC (sistema de apoyo al cumplimiento laboral), NUEVO TRAMITE DIRECCION DEL TRABAJO

8 comentarios:

  1. Sr.(a) Empleador(a):

    La Dirección del Trabajo pone a su disposición una nueva herramienta en línea, a través de su portal institucional www.direcciondeltrabajo.cl, denominado Sistema de Apoyo al Cumplimiento (SAC), cuyo objetivo es brindarle apoyo, capacitación y asistencia en la corrección de infracciones relativas a remuneraciones, seguridad y salud, y contrato de trabajo.

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  2. Esta iniciativa, cuyo propósito es elevar el cumplimiento de la legislación sujeta a la supervisión de la Dirección del Trabajo, permitirá a quienes tengan la predisposición de corregir voluntariamente la norma que se reconoce en infracción, evitar la multa inmediata producto de una fiscalización. Conozca las materias de incumplimientos por las cuales puede solicitar apoyo y asistencia, aquí.

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  3. Manifestada su intención de corregir, la que se materializará, ingresando en la página web del Servicio la solicitud respectiva, usted será atendido en línea por un fiscalizador que le brindará la información y asistencia necesarias, que le permitirán corregir íntegramente la norma inicialmente reconocida en infracción.

    Para acreditar la corrección, usted dispondrá de un plazo de 10 días hábiles, contados desde el momento en que se inicie la asistencia en línea. La acreditación deberá efectuarse de manera documental, cargando los archivos respectivos en la web, de modo que no habrá actuación presencial de un fiscalizador en su empresa. Ello permitirá que incorpore a todos sus trabajadores en la corrección, independientemente que laboren en distintos establecimientos, sucursales, obras, faenas, etc.

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  4. Este Sistema de Apoyo al Cumplimiento (SAC) se inicia el 28 de Noviembre de 2011.


    TRABAJEMOS JUNTOS EN ELEVAR EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO LABORAL

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  5. Sistema de Apoyo al Cumplimiento (SAC)
    Sr(a) Empleador(a): La Dirección del Trabajo ha incorporado una nueva herramienta que permite informar voluntariamente sobre el incumplimiento de la normativa laboral al cual su empresa puede estar incurriendo y a la vez, ser asesorado en la corrección de las faltas. Una vez analizado su caso por nuestra institución tendrá un plazo de 10 días para corregir las faltas y no será multado por dicha infracción. Regístrese en el sitio web de la Dirección del Trabajo, este trámite y la obtención de su clave no le tomará más de 2 minutos, llene el formulario y un fiscalizador(a) lo contactará para asistirlo en el cumplimiento y los documentos que debe enviar de manera virtual para verificar la corrección de las infracciones, todo este proceso se realiza de manera virtual.

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  6. Las materias, objetos de incumplimientos, por las cuales puede solicitar apoyo y asistencia, inicialmente son:
    CONTRATO DE TRABAJO
    o No escriturar contrato de trabajo.
    o No consignar por escrito las modificaciones del contrato de trabajo.
    o No contener el contrato de trabajo las cláusulas básicas legales.
    o No actualizar en el contrato de trabajo la remuneración.
    o No especificar en el contrato de trabajo el beneficio adicional de casa habitación (luz) (alimento).
    o No contener el contrato de trabajo del profesional de la educación las estipulaciones mínimas legales.
    o No establecer en el contrato el lugar de procedencia del trabajador.
    o No contener el contrato de aprendizaje las estipulaciones que establece la ley.

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  7. SEGURIDAD Y SALUD
    o No confeccionar reglamento interno de higiene y seguridad.
    o No entregar ejemplar escrito del reglamento interno de higiene y seguridad.
    o No disponer de duchas con agua fría y caliente.
    o No contar con servicios higiénicos en buenas condiciones e higiénicos.
    o No constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
    o No dotar de vestidores o guardarropas limpios, ventilados y/o suficientes respecto del N° de trabajadores.
    o No contener el reglamento interno las cláusulas mínimas establecida por la ley.
    o No contar con comedores completamente separados y con mesas y sillas de material lavable.
    o No contar el sitio de trabajo con comedores.
    o No entregar gratuitamente un ejemplar impreso que contenga el texto del reglamento interno de la empresa.
    o No confeccionar reglamento interno de orden, higiene y seguridad.
    o No contar con servicios higiénicos.
    o No contar con servicios higiénicos independientes y separados para hombres y mujeres.
    o No dotar de vestidores o guardarropas fijo o móvil.
    o No tener al día el reglamento interno de higiene y seguridad.
    o No mantener un número suficientes de artefactos en los servicios higiénicos.
    o No contar con Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales.
    o No dotar de vestidores o guardarropas independientes y separados para hombres y mujeres.
    o No entregar copia de reglamento interno de orden, higiene y seguridad.

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  8. o No contar con comedores móviles dotados con mesas y sillas y agua limpia.
    o No contar con servicios higiénicos con excusado y lavatorio como mínimo.
    o No contener normas para garantizar un ambiente laboral digno y de mutuo respeto entre los trabajadores.
    o No especificar en el reglamento interno de higiene y seguridad las materias cuyas disposiciones son obligatorias para el personal.
    o No dotar de vestidores o guardarropas separados e independientes por cada trabajador.
    o No ser dirigido el Departamento de Prevención de Riesgos por un experto en prevención.
    o No responsabilizarse del lavado de las ropas de trabajo.
    o No especificar en el reglamento interno de higiene y seguridad actos o acciones que están prohibidas a los trabajadores por envolver riesgos para sí mismos u otros o para los medios de trabajo.
    o No otorgar facilidades necesarias para que funcione adecuadamente el Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
    o No cumplir el experto en prevención de riesgos con el tiempo legal de atención semanal.
    REMUNERACIONES
    o No pagar gratificación legal.
    o No pagar íntegramente la gratificación legal.
    o No pagar gratificación legal proporcional.
    TRABAJEMOS JUNTOS EN ELEVAR EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO LABORAL

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