Importante resulta destacar que los fondos de inversión privados también se vieron afectados por ésta reforma. En efecto, en términos generales éstos no estaban sujetos a las normas de los fondos de inversión públicos, no obstante con la modificación del año 2007, se hizo extensiva a los fondos de inversión privados las limitaciones antes señaladas.
Cabe recordar, que en el último tiempo los Fondos de Inversión Privados han sido utilizados como una herramienta de incentivo a la inversión y muchos de los proyectos de la industria inmobiliaria han sido desarrollados e implementados bajo este régimen tributario de excepción. Sin embargo, a contar del 01 de enero de 2012, tanto los fondos de inversión privado como los fondos de inversión públicos no podrán continuar desarrollando inversiones asociadas al negocio inmobiliario, y por tanto este sería el último año de los FIP Inmobiliarios.
En caso que al 01 de enero de 2012 los fondos de inversión no ajusten su activo y cartera de inversiones a lo que permite la ley modificada, se deberá proceder sin más trámite a su liquidación.
*Columna publicada en diario Estrategia
Última actualización: lunes, 16 de mayo de 2011
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